Consulta y diagnóstico
Reviso el contrato de locación, escritura del inmueble, vencimientos y deudas. Determinamos la causal del desalojo: falta de pago, vencimiento o intrusión.
Abogado Civilista · Córdoba
Dr. Joaquín AlcayagaDesalojo por falta de pago, vencimiento o intrusión · Cobro de alquileres y expensas · Asesoramiento al locador.
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Un inquilino que no paga hace meses. Un contrato vencido y el inmueble sin restituir. Una intrusión sin desalojar. Cuando perdés el control sobre tu propiedad, además del perjuicio económico hay deterioro material y desgaste emocional que se acumulan cada día.
En esos casos te acompaño paso a paso. Desde mi estudio en Córdoba Capital, asesoro y represento a locadores y propietarios en juicios de desalojo — por falta de pago, vencimiento o intrusión — con un objetivo claro: recuperar el inmueble en el menor tiempo posible.
Mi nombre es Joaquín Alcayaga. Cada desalojo lo trabajo de manera personal — con un análisis honesto de la documentación, una estrategia ajustada al tipo de causal y seguimiento técnico permanente ante los Tribunales Ordinarios y Federales de Córdoba.
Evaluamos el contrato, las pruebas y la causal aplicable para definir la vía más rápida y efectiva de desalojo.
Trabajamos con medidas cautelares y plazos cortos. El objetivo es recuperar la posesión cuanto antes para minimizar el perjuicio.
Junto con el desalojo, gestionamos el cobro de alquileres y expensas adeudados. Embargos preventivos cuando corresponde.
Cuatro pasos desde la primera consulta hasta la restitución del inmueble. Plazos cortos, seguimiento técnico permanente y comunicación constante en cada instancia.
Reviso el contrato de locación, escritura del inmueble, vencimientos y deudas. Determinamos la causal del desalojo: falta de pago, vencimiento o intrusión.
Carta documento intimando al pago o restitución según el caso. Muchas veces el desalojo se resuelve en esta etapa sin necesidad de juicio.
Presentación de la demanda en el Tribunal competente con la causal específica. Audiencias, prueba y pedido de lanzamiento ante el juez.
Obtenida la sentencia, se ordena el lanzamiento. Coordinación con oficial de justicia y entrega efectiva del inmueble al propietario.
En GS & Asociados trabajamos con una práctica jurídica cercana, estratégica y orientada a resultados, acompañando a cada cliente con claridad desde el inicio hasta el cierre de su caso.
Cada situación de desalojo tiene su causal y procedimiento. Estos son los más frecuentes — todos asesorados y representados personalmente en Córdoba Capital y provincia.
El más frecuente. Procede tras intimación al inquilino que adeuda alquileres. Causal directa con plazos cortos en el Código Procesal de Córdoba.
ConsultarCuando finaliza el contrato y el inquilino no restituye el inmueble. Trámite ágil con intimación previa para devolución pacífica.
ConsultarCuando un tercero ocupa el inmueble sin título ni contrato. Acción posesoria o interdicto de recobrar para restituir la propiedad.
ConsultarAcción paralela al desalojo. Reclamo de los meses adeudados con embargos preventivos sobre bienes del inquilino o garantes.
ConsultarExpensas comunes adeudadas en propiedad horizontal. Título ejecutivo según la ley con vía rápida para consorcios.
ConsultarRevisión de contratos antes de firmar, asesoramiento ante incumplimientos del inquilino y consultas sobre la Ley de Alquileres vigente.
ConsultarValores expresados en Jus, unidad arancelaria regulada por el Colegio de Abogados de Córdoba. Cotización oficial actualizada en su sitio web.
Análisis inicial de tu situación con orientación general sobre vía jurídica conveniente.
Dictamen jurídico por escrito con análisis técnico del caso y opciones disponibles.
Análisis profundo de expediente, documentación y antecedentes con estrategia procesal.
Una consulta a tiempo puede cambiar el rumbo de un caso.
¿Tenés una situación legal y no sabés por dónde empezar? Coordiná una consulta — analizo tu caso, te explico el camino más conveniente y trabajamos los próximos pasos con claridad.
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Depende de la causal y la actitud del inquilino. Un desalojo por falta de pago suele resolverse entre 4 y 9 meses. Por vencimiento de contrato, entre 3 y 7 meses. Si el inquilino abandona voluntariamente tras la intimación, en cuestión de semanas. Cada caso depende del juzgado interviniente y la complejidad procesal.
La ley permite iniciar el desalojo tras dos meses de alquileres adeudados consecutivos, previa intimación al inquilino para que regularice en un plazo determinado (generalmente 10 días). Si no paga, el desalojo procede sin más demoras. La intimación es un requisito formal indispensable.
Si el inquilino se va sin dejar contraseña ni avisar, hay que constatar legalmente el abandono mediante acta notarial o presentación judicial. Una vez acreditado, se puede tomar posesión del inmueble. No conviene ingresar sin autorización judicial: podría configurarse usurpación o daños civiles.
Sí, aunque es más complejo. Sin contrato escrito hay que probar la existencia de la locación con otros medios: recibos de pago, transferencias bancarias, mensajes, testigos. La acción posesoria también es viable contra ocupantes sin título. La consulta sirve para evaluar qué prueba tenés disponible.
El costo depende de la causal, la complejidad y los honorarios del juzgado. En general, los honorarios profesionales son recuperables del inquilino vencido junto con los alquileres adeudados. En la primera consulta te paso un presupuesto detallado por escrito, sin sorpresas durante el proceso.
El certificado de deuda de expensas es título ejecutivo según la Ley de Propiedad Horizontal. Permite iniciar un cobro rápido contra el propietario o, según el contrato, contra el inquilino. Se puede tramitar paralelamente al desalojo cuando ambas deudas existen.
Atendido personalmente por el Dr. Joaquín Alcayaga. Escribime por el medio que te quede más cómodo — respondo cada consulta personalmente, sin intermediarios.